TARJETAS REVOLVING. ¡RECLAMA LO QUE ES TUYO!

TARJETAS REVOLVING. ¡RECLAMA LO QUE ES TUYO!

Como ya comentamos anteriormente en una de nuestras publicaciones, las tarjetas “revolving” son un tipo de tarjetas de crédito que presentan unos intereses usureros. Por ello la jurisprudencia ha determinado la nulidad de las cláusulas de estos intereses y con ello la posibilidad de los consumidores de reclamar las cantidades indebidamente cobradas por este concepto.

En este post, comentaremos en que consiste este tipo de tarjetas y que puede reclamar el consumidor afectado y lo necesario para ello. Las tarjetas “revolving” son un tipo especial de tarjetas de crédito que te permite aplazar el pago de todas tus compras. Este tipo de tarjeta, ofrece dos opciones: pagar a fin de mes lo comprado, como cualquier tarjeta de crédito, sin comisiones ni intereses; o usar el sistema de pago aplazado denominado revolving, que permite abonar cuotas fijas cada mes. Es en esta segunda opción cuando se produce la problemática relacionada con los intereses.

Este tipo de tarjetas pueden parecer muy atractivas a simple vista, ya que te permiten obtener una financiación rápida y sencilla, pero la verdad es, que el interés de este tipo de tarjetas por aplazar pagos puede ser 2, 3, e incluso, hasta 4 veces superiores al interés medio concedido por el Banco de España.

Actualmente, los tipos de interés activos aplicado por las entidades de crédito en tarjetas de crédito se encuentra en un 19,75% TAE, mientras que en este tipo de tarjetas se alcanzan porcentajes superiores al 26,82% TAE, lo cual demuestra su carácter abusivo.

A día de hoy casi todas las Audiencias provinciales de España se han pronunciado con una respuesta casi unánime: Los préstamos con un TAE superior al 20% son usureros y por lo tanto nulos. Ejemplo de ello  es la Sentencia 517/2017 de la Audiencia Provincial de Sevilla de 28 de Diciembre de 2017, en la cual se declara la nulidad de la cláusula de intereses ordinarios del contrato de tarjeta de crédito que suscribió la demandante ,y por consiguiente, se condena a la entidad de crédito al pago de 7.527,40 euros.

Tras la numerosísima jurisprudencia de las Audiencias Provinciales, el Tribunal Supremo ha determinado en virtud de Sentencia 149/2020, de 4 de Marzo de 2020, que existe usura en los tipos de interés aplicados a los créditos concedidos mediante tarjetas revolving. Esta Sentencia abre la puerta a todos aquellos usuarios afectados que pueden acudir a la vía judicial a reclamar por este concepto.

¿Qué se puede reclamar?

–  Si has pagado más de lo prestado, podrás solicitar judicialmente la nulidad del contrato y la devolución del exceso de capital pagado más los intereses, el seguro y comisiones que te hayan cobrado.

–  Si no se ha abonado en su totalidad, puedes solicitar judicialmente la nulidad del contrato y la devolución de los intereses, el seguro y las comisiones y abonar a la entidad prestamista el capital prestado que quede por pagar.

¿Qué documentación es necesaria para poder reclamar?

–  Los recibos o liquidaciones, los cuales se han tenido que recibir por correo o a través de la plataforma de la entidad bancaria donde se tenga contratada.

–  Cuadro de amortización.

–  Contrato de la tarjeta.

¿Qué entidades tienen tarjetas revolving?

Existen varias entidades que cuentan con este tipo de tarjetas de crédito entre sus productos bancarios. Entre ellas se encuentran:

–  Wizink                    – Liberbank                    – Oney

– Cetelem                   – Carrefour Pass           – Alcampo

–  Citibank                  – Bankia                         – El Corte Inglés

–  Sol Crédito              – Vivus                           -Bankinter

– Evo Finance            – Otras entidades bancarias.

Igualmente, cabe recordar que, en cuanto a nulidad no existe plazo de prescripción, es por ello que podrán reclamarse también de los que han cobrado de más en aquellas tarjetas que incluso ya han sido canceladas.

Para más información y asesoramiento completo no dudes en contactar con nosotros. ¡BUFETE JURIDICO GARRIDO siempre a tu disposición!

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