Entrada en vigor de la directiva europea de "Segunda Oportunidad" para empresas en materia de reestructuración preventiva, insolvencia, exoneración de deudas e inhabilitación

Entrada en vigor de la directiva europea de "Segunda Oportunidad" para empresas en materia de reestructuración preventiva, insolvencia, exoneración de deudas e inhabilitación

En el día de ayer, entró en vigor la Directiva 2019/1023 sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea el pasado día 20 de junio de 2019, con el objetivo de facilitar a las empresas que atraviesan dificultades económicas que puedan acceder a una reestructuración preventiva para evitar la liquidación.

A continuación, vamos a analizar brevemente los detalles más significativos de esta Directiva.

OBJETO

Tiene como finalidad garantizar que las empresas y empresarios viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a marcos nacionales efectivos de restructuración Preventiva que les permita continuar su actividad, es decir, que los empresarios de buena fe insolventes y sobreendeudados puedan disfrutar de la plena exoneración de sus deudas después de un tiempo razonable, lo que les proporcionaría una segunda oportunidad.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Se aplica en general a los empresarios, sean personas físicas o Jurídicas, excluyéndose de su ámbito de aplicación a:

> Los Empresarios del Sector Financiero.

> Organismos Públicos con arreglo al Derecho Nacional.

> Las personas físicas que no tengan la condición de empresario.

¿QUÉ MEDIDAS OFRECE LA DIRECTIVA?

Esta directiva incluye, entre otras, las siguientes medidas:

Marcos de reestructuración preventiva.
Medida destinada a la restructuración de la empresa del deudor en dificultades financieras cuando la insolvencia sea inminente, con objeto de impedir esta insolvencia y garantizar la viabilidad del deudo, y a los procedimientos para la exoneración de las deudas contraídas por los empresarios insolventes, así como medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de restructuración, insolvencia y exoneración de deudas.

Herramientas de alerta temprana.
Mediante estas herramientas se busca permitir a los deudores en dificultades financieras continuar su actividad empresarial, en su totalidad o en parte, modificando la composición, las condiciones o la estructura del activo y del pasivo o de cualquier otra parte de la estructura del capital. De esta manera se quiere conseguir evitar la insolvencia limitando la liquidación innecesaria de empresas viables.

Suspensión de las ejecuciones singulares.
Los Estados miembros velaran por que el deudor pueda disfrutar de una suspensión de las ejecuciones singulares (suspensión del derecho a embargar o ejecutar los activos o la empresa del deudor), para favoreces las negociaciones de un plan de restructuración en un marco de restructuración preventiva.

Exoneración de deudas e inhabilitación.
Los Estados miembros garantizarán que los empresarios insolventes tengan acceso al menos a un procedimiento que pueda desembocar en la plena exoneración de deudas de conformidad con la Directiva.

ENTRADA EN VIGOR Y TRANSPOSICIÓN AL DERECHO NACIONAL

La Directiva 2019/1023 de 20 de junio de 2019, entró el día de ayer, 16 de Julio de 2019, en vigor.

Los Estados miembros deberán adoptar y publicar, a más tardar el 17 de julio de 2021, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la directiva.

Como excepción, lo Estados miembros con especiales dificultades para aplicar la Directiva, podrán disfrutar de una prórroga de un año.

 

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